Luego de que la Arquidiócesis Primada de México dio a conocer los requisitos para que los niños y adolescentes católicos realicen su Primera Comunión y la Confirmación, las diócesis de Toluca y todas las del país tendrán que acatar lo dispuesto por la autoridad eclesiástica.
A través del sistema informativo el cardenal Carlos Aguiar, dio a conocer que la edad mínima para recibir por primera vez la Sagrada Eucaristía es a los 9 años cumplidos, y con la preparación correspondiente a dos años.
Mientras que para poder ser confirmado, la edad mínima será de 12 años y una preparación eclesiástica de 3 años, ya que no se trata simplemente de prepararse para el sacramento, dijo, sino realmente formarse en la fe católica.
“Todos los sacerdotes deben explicarles a los padres de familia la importancia que no se trata simplemente de prepararse para el sacramento, sino realmente formar en la fe a los niños, deben hacerles consciencia de que la Iglesia está preocupada que en las escuelas públicas en lugar de hacer algo en favor de la espiritualidad cristiana, muchas veces les pone adversidades”.
El Arzobispo de México precisó que actualmente los pequeños están a merced de las tendencias socioculturales que favorecen la incursión de la delincuencia organizada, la droga, “pero si los niños se encuentran habitualmente en ámbitos seguros, como son las parroquias con sus catequistas, van aprendiendo lo que es la Iglesia y van adentrándose en lo que es su fe, su religión”.
Por otra parte, dijo que cada Obispo, a tenor del canon 48, deberá emanar un decreto, en donde se establezca el orden para la impartición y la edad mínima para la recepción de los citados sacramentos.
En dicho documento deberá estar plasmado que la formación en la fe infantil será imparta a través de una catequesis escolarizada, prevista por la Comisión Arquidiocesana de Catequesis, quienes deberán adecuarse a esta normativa, aplicando el decreto en el ciclo escolar 2018-2019.
Sobre la Confirmación, Arzobispo Primado pide que, en los lugares donde se vaya a administrar el sacramento se le informe al ordinario del lugar y se obtenga su autorización, previa solicitud por escrito.
También deja en claro que ningún presbítero debe administrar dicho sacramento sin la debida autorización, y que todo Obispo que no esté al servicio de la Arquidiócesis de México, o un Obispo emérito, tenga la licencia del Obispo diocesano.