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    Home»Política»AVALA CONGRESO AUTORREGULACIÓN AMBIENTAL DE ENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS

    AVALA CONGRESO AUTORREGULACIÓN AMBIENTAL DE ENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS

    15 de octubre de 2025No hay comentarios
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    Con el fin de asegurar que los procesos productivos y de prestación de servicios de las unidades económicas, dependencias, entes e instituciones de los sectores público, privado y social con impacto ambiental sean sustentables, eficientes y respetuosos del medio ambiente, la LXII Legislatura del Estado de México aprobó que, de manera voluntaria, dichos actores puedan adoptar mecanismos de autorregulación ambiental.

    De acuerdo con la reforma al Código para la Biodiversidad del Estado de México, las empresas, instituciones y municipios podrán solicitar por escrito su incorporación al Programa de Auditoría Ambiental, comprometiéndose a implementar procesos voluntarios de autorregulación que les permitan alcanzar niveles más altos de cumplimiento y generar mayores beneficios en materia de protección ambiental.

    Conforme al dictamen que integra las iniciativas del Grupo Parlamentario del PVEM, coordinado por el diputado José Alberto Couttolenc Buentello, y de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, se entenderá por autorregulación el proceso voluntario mediante el cual una organización, establecimiento o instalación —pública o privada— que realiza actividades industriales, comerciales, de servicios o de aprovechamiento de recursos naturales, implementa un conjunto de acciones y adopta normas complementarias o más estrictas que las establecidas por la ley.

    Este proceso busca alcanzar mayores logros en materia de protección ambiental, cuyos avances podrán ser evaluados a través de auditorías.Asimismo, establece que la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible expedirá un Certificado Verde a quienes, de manera voluntaria y por medio de una auditoría ambiental, asuman compromisos adicionales a los requisitos legales y normativos, dándoles un cumplimiento real.

    El documento, leído por el congresista Carlos Alberto López Imm (PVEM), señala que, para el caso de unidades económicas, se les podrá otorgar la certificación verde cuando acrediten, entre otros puntos: cumplimiento de la normatividad ambiental vigente federal y estatal; uso eficiente y responsable del agua y la energía; disminución de emisiones, residuos y contaminantes; así como participación en proyectos de educación o responsabilidad ambiental comunitaria.

    De esta manera, podrán obtener ventajas competitivas para posicionarse como actores responsables frente a sus clientes, inversionistas y comunidades.

    Agrega que corresponderá a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible desarrollar y ejecutar un Programa Anual de Auditorías de Desempeño Ambiental para evaluar, supervisar y promover el cumplimiento de la normatividad ambiental de las unidades económicas y entes públicos, privados y sociales cuyas actividades tengan incidencia ambiental en la entidad.

    Señala también que la Secretaría, por sí o mediante la Procuraduría de Protección al Ambiente estatal (Propaem), llevará a cabo acciones como: concertar procesos productivos y servicios compatibles con el ambiente; promover normas voluntarias más estrictas que las oficiales; establecer sistemas de certificación de productos, procesos y servicios que fomenten patrones de consumo sostenibles; y ejecutar medidas que incentiven a las organizaciones a superar los estándares mínimos de la normatividad ambiental.

    El Programa deberá incluir, al menos, un diagnóstico inicial con impactos ambientales relevantes; criterios técnicos y normativos para la evaluación del desempeño ambiental, con base en la legislación ambiental vigente, normas oficiales mexicanas y estándares en la materia y la metodología de auditoría, que contemple procedimientos de inspección, revisión documental, entrevistas, verificación de cumplimiento y análisis de riesgos.

    Adicionalmente, el dictamen señala que la Propaem verificará, en cualquier momento, el cumplimiento de las disposiciones del presente ordenamiento en aquellas empresas, organizaciones o instituciones de los sectores público, privado y social, que se encuentren desarrollando una auditoría ambiental con fines de obtener o renovar el certificado.

    El dictamen resalta que la reforma fortalece las disposiciones jurídicas del libro segundo en materia de autorregulación, auditoría ambiental y procuración de justicia ambiental, y promueve que se adopten normas complementarias o más estrictas mediante la adopción de tecnologías y procesos industriales limpios y ambientalmente racionales, para lo cual observarán los principios de políticas ambientales contenidos en el código y en la ley general.

    De acuerdo con el régimen transitorio, la Secretaría deberá diseñar y publicar el programa de auditorías referido en un plazo de 90 días a partir de la vigencia del decreto.

    Estipula también que, para la implementación de esta reforma, las erogaciones que se generen se cubrirán con cargo a las dependencias competentes para el ejercicio fiscal en curso y subsecuentes.

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